{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "12239" 
  ,"anioNorma" : 1955 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE HORARIO DE FUNCIONAMIENTO PARA FLORERIAS. MONTEVIDEO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1955/12/21/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "13/12/1955" 
  ,"fechaPublicacion" : "21/12/1955" 
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  ,"anio" : 1955 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/12239-1955/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Las florerías establecidas o que se establezcan en la Ciudad de \r\nMontevideo, permanecerán abiertas los domingos, desde la hora siete (7) a la hora diecinueve (19), de acuerdo con la planilla de turnos preparada por la Sociedad de Floristas del Uruguay y aprobada por el Instituto Nacional del Trabajo y Servicios Anexados. " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/12239-1955/3\" >3</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/12239-1955/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Las florerías que no se hallen de turno, permanecerán cerradas; no \r\nobstante, el Poder Ejecutivo, excepcionalmente, podrá autorizar el trabajo por razones fundadas. " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/leyes/12239-1955/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/12239-1955/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Quedan exceptuados de lo dispuesto en el artículo 1°, los puestos de \r\nventa de flores instalados en los espacios públicos, frente a los cementerios y en las ferias. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/12239-1955/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Las infracciones a la presente ley, serán penadas de conformidad con las leyes N° 5.427, del 29 de mayo de 1916 y N° 8.797, del 22 de octubre de 1931. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/12239-1955/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ZUBIRIA - CARLOS B. MORENO " 
 }