Establécese un plazo de noventa (90) días, a partir de la publicación de esta ley, para que los Médicos Supernumerarios de Servicio Público, puedan acogerse a los beneficios acordados por la ley N° 12.058, de 28 de noviembre de 1953.
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - RENAN RODRIGUEZ