Apruébase el Convenio de Pagos entre la República Oriental del Uruguay
y los Estados Unidos del Brasil, suscripto en Río de Janeiro el 15 de diciembre de 1949.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Ley Nº 12.207 de
08/07/1955.
Autorízase al Poder Ejecutivo a acordar con el Gobierno del Brasil,
por cambio de notas, los ajustes necesarios para adaptar el presente Convenio a las modificaciones introducidas en los regímenes de cambio, posteriormente a la fecha del mismo.