Ley N° 12170
CAJA DE PENSIONES MILITARES. AUTORIZACION. PRESTAMOS
Promulgación: 28/12/1954
Publicación: 11/01/1955
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1954
- Página: 1113
Artículo 12
La presente ley será reglamentada por el Banco Hipotecario del Uruguay
en acuerdo con el Ministerio de Defensa Nacional.
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