BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). AUTORIZACION. PRESTAMOS




Promulgación: 09/07/1954
Publicación: 23/07/1954
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1954
  •    Página: 598
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   La limitación establecida por la ley número 11.747, de 15 de noviembre
de 1951, en cuanto al monto de los préstamos que realice el Banco
Hipotecario del Uruguay, no será aplicable a los préstamos especiales
acordados por esta ley.

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