LEY SOBRE NAVEGACION Y COMERCIO DE CABOTAJE NACIONAL




Promulgación: 05/01/1954
Publicación: 26/01/1954
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1954
  •    Página: 12
Ver vigencia: Ley Nº 16.387 de 27/06/1993 artículo 27.
Reglamentada por: Decreto S/N de 01/02/1956.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I 
DE LAS EMBARCACIONES DE CABOTAJE

Artículo 5

   A los efectos de la inscripción en la matrícula nacional de cabotaje, 
será necesario presentar el título de propiedad del buque cuando éste 
sea construido en el país y fuera mayor de seis toneladas. La propiedad 
se comprobará con el permiso de la autoridad para la construcción, 
comprobantes del astillero constructor autorizado y planilla de arqueo.
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