PRESUPUESTO. MODIFICACION




Promulgación: 11/12/1953
Publicación: 31/12/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 1710
Referencias a toda la norma

Artículo 50

   Mantiénese en vigencia lo preceptuado en el artículo 52 de la ley
Nº 8.935, de 5 de enero de 1933; artículo 31 de la ley Nº 10.756, de 27
de julio de 1946, y decreto de 13 de agosto de 1951, en todo lo que no se
oponga a la presente ley.
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