PRESUPUESTO. MODIFICACION




Promulgación: 11/12/1953
Publicación: 31/12/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 1710
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Las adquisiciones de artículos de primera necesidad que, por
disposición del Poder Ejecutivo y con los fines previstos en los 
artículos 11 y 12 de la ley Nº 10.940, de 19 de setiembre de 1947, 
realice el Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios, se 
harán con cargo a los fondos obtenidos de acuerdo con el artículo 
anterior. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6.
Referencias al artículo
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