Acuérdase a la señora María Elena Crosa de Roxlo una pensión especial
de doscientos pesos mensuales en sustitución de la legal que percibe, la
que será atendida por Rentas Generales.
Mediante el otorgamiento del beneficio referido, la señora María Elena
Crosa de Roxlo, cede en lo que le corresponde, a favor del Estado, los
derechos de autor de la producción literaria de su extinto esposo don
Carlos Roxlo.