Facúltase al Poder Ejecutivo para adquirir del pintor José Cúneo,
cincuenta obras integrantes de su producción artística, sirviéndole en
contraprestación, una renta vitalicia de seiscientos pesos ($ 600.00)
mensuales.
La presente erogación se efectuará con cargo al excedente de los
recursos creados por la ley de 22 de octubre de 1952 (Duplicación del
valor de las hojas de papel sellado).