PRESTAMOS. AMPLIACION




Promulgación: 16/10/1953
Publicación: 07/11/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 1025

Artículo 1

   Amplíase la "Deuda Unificada 1932", creada por la ley N° 8.913, hasta 
la  suma de ciento ochenta y siete mil pesos ($ 187.000.00), valor  
nominal que se entregará a la Intendencia Municipal de Canelones para 
cubrir la suma de ciento cincuenta y seis mil quinientos veintisiete 
pesos con cuarenta centésimos ($ 156.527.40), que adeuda a don Olegario 
Da Silveira por indemnización de daños y perjuicios en el juicio 
promovido por incumplimiento de contrato por el abasto de Las Piedras.

Artículo 2

   El servicio de amortización e intereses del monto de la deuda que se 
entregue a la Intendencia Municipal de Canelones (5 % de interés y 1 %   de amortización anual acumulativa), será de cargo de Rentas Generales, 
debiendo la Contaduría General de la Nación, retener de las rentas que 
recaude por cuenta de la mencionada Intendencia, el importe de ese 
servicio para reintegrarlo a las citadas rentas.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

MARTINEZ TRUEBA - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA
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