PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. PRESTAMOS




Promulgación: 14/04/1953
Publicación: 02/05/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 368

Artículo 1

   El Poder Ejecutivo podrá efectuar anticipos a los Frigoríficos que 
trabajan en el país, por créditos causados en el año 1952 con recursos de Rentas Generales y con carácter de reintegro.

Artículo 2

   Estos anticipos deberán ser posteriormente ajustados por la Oficina de 
Recaudación del Impuesto a las Ganancias Elevadas. 

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

 

MARTINEZ TRUEBA - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA
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