PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1953




Promulgación: 27/03/1953
Publicación: 06/04/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 225
Ver vigencia: Ley Nº 12.376 de 31/01/1957 artículos 196 y 198.
Referencias a toda la norma

SECCION II
TITULO II SERVICIO
CAPITULO V MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 99

   Además de las retribuciones establecidas en las planillas presupuestales del Item 8.05 (O.S.E.), los funcionarios con sueldos de hasta $ 3.600.00 anuales recibirán un aumento en sus asignaciones equivalente a dos grados, y de un grado aquéllos con sueldos de $ 3.600.00 hasta $ 7.200.00.
   Los sueldos correspondientes al personal técnico serán equiparados con 
los de los cargos equivalentes en las demás dependencias del Ministerio 
de Obras Públicas.
   A tal efecto auméntase las partidas de sueldos del Item 8.05 (O.S.E.) en $ 552.820.00, correspondiendo $ 422.820.00 al Servicio de Saneamiento del Litoral e Interior y $ 130.000.00 al Servicio de Aguas Corrientes de Montevideo.
   Auméntanse igualmente las partidas de los rubros de gastos del citado 
Item en $ 879.560.00 anuales.
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