PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1953




Promulgación: 27/03/1953
Publicación: 06/04/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 225
Ver vigencia: Ley Nº 12.376 de 31/01/1957 artículos 196 y 198.
Referencias a toda la norma

SECCION II
TITULO II SERVICIO
CAPITULO III MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 66

   Todas las personas - físicas o jurídicas - residentes en el país, 
están obligadas a presentar con exactitud, los datos estadísticos que le sean solicitados por la Dirección General.
   Los datos deben ser de naturaleza tal, que no comprometan el secreto del giro comercial y referirse exclusivamente a las informaciones que revistan interés público. Las informaciones obtenidas serán estrictamente reservadas, quedando en consecuencia absolutamente prohibido dar a conocer cualquier información de carácter personal o individual. Sólo podrán ser divulgados los datos elaborados de acuerdo con la técnica estadística. (*)


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 74.
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