PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1953




Promulgación: 27/03/1953
Publicación: 06/04/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 225
Ver vigencia: Ley Nº 12.376 de 31/01/1957 artículos 196 y 198.
Referencias a toda la norma

SECCION II
TITULO II SERVICIO
CAPITULO XIX DISPOSICIONES SOBRE PREMIOS ESTIMULO

Artículo 242

   Los Consejos Directivos de las nombradas Cajas, dentro de los 90 días de la promulgación de esta ley, propondrán a la aprobación del Poder Ejecutivo, la reglamentación pertinente a los fines de la distribución del premio estímulo, en la que, además de lo preceptuado en el artículo 239, deberá tenerse presente necesariamente:

1° La oportunidad, índices y métodos, para la calificación de los 
   funcionarios.
2° La integración de las Comisiones de calificación con representación de   
   los propios funcionarios a calificarse.
3° La publicidad de las calificaciones, los recursos admisibles para su 
   impugnación y los órganos de decisión de tales recursos, concordantes 
   con lo que establece la legislación vigente.
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