SECCION II TITULO II
SERVICIO CAPITULO X
FUNCIONARIOS JUDICIALES Y ASIMILADOS
Artículo 160
Los magistrados y funcionarios del Poder Judicial, además de los sueldos establecidos en las planillas presupuestales, percibirán una asignación complementaría sujeta a montepío, que se regulará de conformidad con la siguiente escala:
Sueldos mensuales Asignación complementaría
Mensual
De $ 850.00 en adelante.......................$ 200.00
De $ 555.00 hasta $ 849.00....................$ 120.00
De $ 480.00 hasta $ 554.00....................$ 80.00
De $ 340.00 hasta $ 479.00....................$ 60.00
Menos de $ 340.00.............................$ 40.00 (*)