PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1953




Promulgación: 27/03/1953
Publicación: 06/04/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 225
Ver vigencia: Ley Nº 12.376 de 31/01/1957 artículos 196 y 198.
Referencias a toda la norma

SECCION II
TITULO II SERVICIO
CAPITULO IX MINISTRO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 153

   A estos solos efectos, el Poder Administrador, una vez comprobadas las 
condiciones precedentemente indicadas, realizará las incorporaciones, 
regularizaciones, etc. mediante designación directa, ya se trate de 
cargos administrativos, técnico-administrativos, técnico-profesionales, 
técnico-especializados, docentes, auxiliares, secundario con oficio o 
secundario y de servicio.
   Una vez realizadas todas las regularizaciones, incorporaciones, etc. los cargos que resultaren vacantes, así como las vacantes que se produjeran como consecuencia de dichas regularizaciones, se proveerán de acuerdo a las disposiciones legales generales o especiales vigentes aplicables.

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