PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1953




Promulgación: 27/03/1953
Publicación: 06/04/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 225
Ver vigencia: Ley Nº 12.376 de 31/01/1957 artículos 196 y 198.
Referencias a toda la norma

SECCION II
TITULO II SERVICIO
CAPITULO VIII MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 141

   Para la provisión de los cargos que se incorporan por esta ley en el 
Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios, el Poder Ejecutivo deberá tener en cuenta la antigüedad calificada y la remuneración que los actuales funcionarios percibíran por cualquier concepto en el momento de la promulgación de la presente ley. 

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