PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1953




Promulgación: 27/03/1953
Publicación: 06/04/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 225
Ver vigencia: Ley Nº 12.376 de 31/01/1957 artículos 196 y 198.
Referencias a toda la norma

SECCION II
TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO II DENUNCIAS POR INFRACCIONES FISCALES

Artículo 13

   Declárase que el derecho a formular denuncia a que se refiere el artículo 10, caduca a los dos años de producidos los hechos que la motiven.
   El denunciante será considerado parte en la contienda judicial que se 
promueva en virtud de esa denuncia, y deberá actuar con asistencia letrada, la cual también se requerirá para su presentación ante el Ministerio Fiscal.
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