LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO (OSE)




Promulgación: 19/12/1952
Publicación: 09/01/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1952
  •    Página: 1161
Referencias a toda la norma

III - Capital, beneficios, fondo de reserva y fondo de mejoramiento

Artículo 6

   La Administración de las Obras Sanitarias del Estado, se hará cargo de todos los servicios de las deudas emitidas en los distintos planes de saneamiento y de aprovechamiento de agua potable, y de las que se emitan en el futuro. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.
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