Los actuales funcionarios de los servicios que pasan a integrar la
"Administración de las Obras Sanitarias del Estado" podrán mantener los
cargos que desempeñan simultáneamente en la fecha de promulgación de la presente ley, siempre que la acumulación de los sueldos respectivos fuere legalmente posible en la fecha del traspaso al Estado de la ex Compañía de Aguas Corrientes Limitada.