LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO (OSE)




Promulgación: 19/12/1952
Publicación: 09/01/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1952
  •    Página: 1161
Referencias a toda la norma

VII - Disposiciones generales

Artículo 34

   El Poder Ejecutivo, los Entes Autónomos o los Municipios, podrán
adquirir, por el precio de tasación, materiales o útiles que no le sean 
necesarios al Organismo para destinarlos a otros servicios que los 
requieran.
   Fuera de estos casos, el Directorio deberá llamar a licitación pública, 
para la venta de dichos elementos.
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