{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "11906" 
  ,"anioNorma" : 1952 
  ,"nombreNorma" : "EJERCITO Y MARINA. FUNCIONARIOS MILITARES. ASCENSOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1953/01/07/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "19/12/1952" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/01/1953" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/11906-1952/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase que para los ascensos a otorgarse en el Ejército y la Armada, \r\ncon fecha 1° de febrero de 1952, para llenar vacantes producidas por \r\naplicación de la ley de 13 de febrero del mismo año, no será exigible la realización del Curso de Pasaje de Grado.\r\n\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n\r\n " 
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  ,"firmantes" : " MARTINEZ TRUEBA - LEDO ARROYO TORRES - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA " 
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