BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). AUTORIZACION. PRESTAMOS




Promulgación: 13/09/1952
Publicación: 24/10/1952
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1952
  •    Página: 855

Artículo 1

   Autorízase al Banco Hipotecario del Uruguay, para acordar al Círculo
de la Prensa del Uruguay, un préstamo hipotecario especial de hasta $ 
260.000.00 (doscientos sesenta mil pesos), para la financiación del 
edificio sede de esa Institución, a levantarse en el predio padrón N° 
21.476, sito en la Avenida 18 de Julio N° 2062, de la ciudad de 
Montevideo.

Artículo 2

   Para la concesión del expresado préstamo hipotecario regirán, en lo 
aplicable, las disposiciones legales y reglamentarias que regulan el 
otorgamiento de esa clase de operaciones.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

MARTINEZ TRUEBA - JUSTINO ZAVALA MUNIZ - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA
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