HOSPITAL DE CLINICAS. EXONERACION DE TRIBUTO




Promulgación: 16/10/1951
Publicación: 30/10/1951
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1951
  •    Página: 1048

Artículo 1

   El Hospital de Clínicas "Doctor Manuel Quintela" será exonerado del 
pago de todos los derechos, patentes e impuestos nacionales, incluso de 
aduanas y tasas portuarias, previa autorización del Poder Ejecutivo en cada caso.

Referencias al artículo

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

MARTINEZ TRUEBA - EDUARDO BLANCO ACEVEDO - HECTOR ALVAREZ CINA
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