BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). AUTORIZACION. PRESTAMOS. FUNCIONARIOS. REMUNERACIONES




Promulgación: 18/09/1950
Publicación: 03/10/1950
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1950
  •    Página: 924
Referencias a toda la norma

Artículo 69

   El aumento del impuesto a que se refiere el artículo anterior no
afectará la enajenación de inmuebles a plazo cuyos compromisos se hubieran 
inscrito en el "Registro Unico de Promesas de Enajenación de inmuebles a 
Plazos", antes de la fecha de la promulgación de esta ley.
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