BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). AUTORIZACION. PRESTAMOS. FUNCIONARIOS. REMUNERACIONES




Promulgación: 18/09/1950
Publicación: 03/10/1950
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1950
  •    Página: 924
Referencias a toda la norma

Artículo 41

   Prorrógase por dos ejercicios el impuesto a las Ganancias Elevadas, establecido por la ley 10.597, de 28 de diciembre de 1944 y disposiciones concordantes. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 46.
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