COMISION HONORARIA DE MEJORAMIENTO OVINO. DENOMINACION




Promulgación: 03/07/1950
Publicación: 02/08/1950
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1950
  •    Página: 642
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Para cubrir la planilla presupuestal de la Comisión Honoraria de
Mejoramiento Ovino queda afectado el siguiente recurso: el producido de 
un impuesto de seis milésimos por kilogramo de lana sucia que se exporte. El impuesto estará a cargo del comprador.
   Si este recurso no fuera suficiente para cubrir el presupuesto de la 
Comisión, la diferencia será cubierta por Rentas Generales. Si resultara un sobrante, éste quedará afectado a la Comisión, que podrá destinarlo al cumplimiento de sus cometidos, en la forma que establece la presente ley.
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