COMISION HONORARIA DE MEJORAMIENTO OVINO. DENOMINACION




Promulgación: 03/07/1950
Publicación: 02/08/1950
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1950
  •    Página: 642
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   La Comisión de Mejoramiento Ovino actuará como dependencia del Ministerio de Ganadería y Agricultura y tendrá la facultad de proponer al 
Poder Ejecutivo: A) la designación de su personal, y B) la modificación de su presupuesto anual. También está facultada para ejercer la administración de los fondos que se le asignan por esta ley, debiendo rendir cuenta de las inversiones, que realizará ajustándose a las disposiciones legales pertinentes.
   Todas las resoluciones que adopte la Comisión así como las actuaciones 
correspondientes, deberán hacerse constar en sus libros de actas.
Ayuda