LEY ORGANICA DE LA CAJA DE JUBILACIONES BANCARIAS. MODIFICACION




Promulgación: 30/06/1950
Publicación: 17/07/1950
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1950
  •    Página: 629
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   La disposición del inciso 2º del apartado B) que establece este artículo no se aplicará a las jubilaciones que se sirvan o deban servirse a la fecha de entrar en vigor aquélla. (*)

(*)Notas:
Además, este artículo dio nueva redacción a: Decreto Ley Nº 10.331 de 
29/01/1943 artículos 8 Apartado A) y 8 Apartados B) y E).
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