Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales por una sola vez la cantidad de $ 50.000.00 (cincuenta mil pesos), a favor del Instituto Nacional de Ciegos General Artigas.
Otórgase una subvención de $ 30.000.00 (treinta mil pesos) anuales con destino al Instituto Nacional de Ciegos General Artigas.
La erogación de referencia deberá atenderse con el Item 10.54 del Ministerio de Salud Pública.
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - LISANDRO CERSOSIMO - NILO R. BERCHESI