PUERTOS. ZONAS FRANCAS. REGULACION




Promulgación: 14/12/1949
Publicación: 24/12/1949
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1949
  •    Página: 1297
Ver: Decreto Ley Nº 14.498 Derogada/o de 19/02/1976 artículo 16.
Referencias a toda la norma

Disposiciones generales

Artículo 16

   El producido de los arrendamientos de las zonas francas se verterá en Rentas Generales hasta reintegrar totalmente las cantidades que a los fines de esta ley se hayan adelantado; y si hubiera excedente, será destinado a la ampliación de las mismas y al mejoramiento de los servicios de los puertos y zonas francas de Colonia y Nueva Palmira.

                      
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