Otórgase una pensión graciable de ciento cincuenta pesos ($ 150.00) mensuales, a las señoritas Celia y Rosario García Morales, la que será
servida por Rentas Generales.
En caso de fallecimiento de una de las copartícipes la pensión que se
otorga se transmitirá por entero a la sobreviviente.