{  "tipoNorma" : "Ley" 
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    ,"fechaPromulgacion" : "20/07/1949" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "    Confiérese carácter oficial al Liceo de Enseñanza Secundaria de Nueva Helvecia, para el cual regirá el siguiente presupuesto: ltem 16.02-Liceos \r\nDepartamentales. 1.01-Sueldos de cargos presupuestados.\r\n \r\n      PERSONAL ADMINISTRATIVO:\r\n\r\nDenominación      Categoría      Grado       Mensual       Anual   \r\n                                              $$            $\r\n1 Secretario         IV           6         155.00       1.860.00\r\n1 Auxiliar           IV           3         125.00       1.500.00\r\n\r\n\r\n      PERSONAL DE SERVICIO:\r\n\r\nDenominación     Categoría       Grado\r\n1 Vigilante          IV            2       115.00        1.380.00\r\n1 Portero            IV            2       115.00        1.380.00\r\n\r\n\r\n      PERSONAL DOCENTE:\r\n\r\n1 Director        .....................    295.00        3.540.00\r\n1 Ayudante Preparador de Física, Química \r\n  e Historia Natural ..................    105.00        1.260.00\r\n1.02 Sueldos con cargo a partidas globales\r\n1.02-01 Sueldo del Profesorado           2.983.00       35.796.00\r\n1.02-02 Licencias al personal              240.00        2.880.00\r\n\r\n\r\n      PLANILLAS DE GASTOS:\r\n\r\n1.04 Jornales ............................  60.00          720.00\r\n1.06 Honorarios ..........................  10.00          120.00\r\n2.08 Arrendamientos  ..................... 145.00        1.740.00\r\n2.09 Gastos generales de Oficina .........  60.00          720.00\r\n3.03 Mobiliario y enseres diversos .......  30.00          360.00\r\n3.04 Utiles y materiales para Oficina  ...  30.00          360.00\r\n3.06 Material informativo, educacional\r\n     y científico  ....................... 120.00        1.440.00\r\n3.09 Vestuario y artículos afines           10.00          120.00\r\n3.10 Efectos de higiene y limpieza .......  20.00          240.00\r\n5.02 Reparaciones y modificaciones de \r\n     inmuebles............................  20.00          240.00\r\n6.04 Becas liceales  .....................  30.00          360.00\r\n                                            ______         ______                              \r\n                                         4.668.00       56.016.00\r\n8.03 Gastos varios por una sola vez.\r\n Para instalación, mobiliario y material de enseñanza, pesos 15.000.00. " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/11298-1949/2" 
 ,"textoArticulo" : "    A los efectos de la designación del Personal Docente y Administrativo del Liceo que se oficializa, el Consejo Nacional de Enseñanza Secundaria, dará preferencia, con carácter interino, a los funcionarios actuales, de conformidad con lo que dispongan las leyes y reglamentaciones universitarias. El personal de dicho Liceo queda comprendido en las leyes de Jubilaciones y Pensiones que regulan la situación del personal de Enseñanza Secundaria. El tiempo servido con carácter honorario en los cargos Docentes o Administrativos en el Liceo de referencia, será computable para la jubilación o pensión, teniéndose como base para el pago de los reintegros, los sueldos que correspondan a los cargos que ejerzan o hayan ejercido. " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
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  ,"firmantes" : " BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI " 
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