Concédese por gracia especial a la señora Mara Walther de Maggiolo y a sus hijas solteras en su carácter de viuda e hijas del extinto Profesor doctor Angel Maggiolo, una pensión equivalente al monto de la jubilación percibida por el causante hasta el momento de su fallecimiento.
Esta pensión será servida por Rentas Generales, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles, Escolares y Servicios Públicos y Afines,
verter mensualmente en Rentas Generales el monto de la pensión legal que
hubiere correspondido.