AGRICULTURA. SUBSIDIOS




Promulgación: 08/01/1949
Publicación: 25/01/1949
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1949
  •    Página: 46

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo para extraer del fondo de "Beneficios de Cambios", hasta la cantidad de $ 200.000.00 (doscientos mil pesos), con objeto de indemnizar a los agricultores perjudicados por el granizo, en la siguiente forma: $ 100.000.00 (cien mil pesos) para los perjudicados por 
el granizo caído el día 24 de noviembre último en la zona de Rodríguez, 
Departamento de San José y $ 100.000.00 (cien mil pesos) para los perjudicados por el granizo caído durante la noche del día viernes 10 del corriente mes, en las secciones 1ª, 13ª y 15ª del Departamento de Canelones, parajes conocidos por La Cadena, Canelón Grande y La Paloma.

BATLLE BERRES - LUIS ALBERTO BRAUSE - LEDO ARROYO TORRES
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