GOBIERNO NACIONAL. GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. AFECTACION DE RENTAS




Promulgación: 08/01/1949
Publicación: 12/02/1949
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1949
  •    Página: 30

Artículo 1

   Decláranse afectables las rentas que el Gobierno Nacional debe entregar al Gobierno Departamental de Salto, para garantir la operación que, a 
propuesta del mismo y ajustada al plan de pavimentación de hormigón 
armado y construcción de cordones en las calles de la ciudad de Salto, por $ 3:000.000.00, a un interés hasta del 6% anual y una amortización 
acumulativa hasta el 2% anual, autorizó el Poder Legislativo de acuerdo con el artículo 256 de la Constitución de la República.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - ALBERTO F. ZUBIRIA - LEDO ARROYO TORRES      

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