(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 10.757 de 27/07/1946 artículo 1.
Facúltase al Poder Ejecutivo, llenar con fecha 1º de febrero de 1948 las vacantes que se producen en el Arma de Aeronáutica por la aplicación de la presente ley.
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - FRANCISCO S. FORTEZA