Transfiérese al Item 16.02 (Consejo Nacional de Enseñanza
Secundaria) la partida de $ 20.000.00 (veinte mil pesos) del Item 6.01
rubro 6.04 letra K del Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social, destinada a subvencionar los liceos particulares del interior y litoral de la República y a contribuir al traslado colectivo de alumnos que cursen estudios secundarios en las localidades vecinas a las de su residencia.
Elévase dicha partida a la suma de $ 50.000.00 (cincuenta mil pesos).
Dispondrá privativamente de dicha partida, con ese destino, el Consejo Nacional de Enseñanza Secundaria.