Amplíase lo dispuesto por el artículo 1º de la ley de fecha 20 de
setiembre de 1947, en el sentido de que el subsidio de $ 10.000.00 (diez
mil pesos) que en la misma se otorga a la Asociación Rural de San José tiene el carácter de contribución del Estado a la financiación de las Exposiciones y Concursos que la misma haya realizado o realice durante el lapso comprendido entre los meses de octubre de 1947 y setiembre de 1948.