CAJA DE JUBILACIONES. CARGOS. CREACION




Promulgación: 14/06/1948
Publicación: 23/06/1948
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1948
  •    Página: 565

Artículo 1

   Créanse para cada una de las Cajas de Jubilaciones y Pensiones Civiles, Escolares y Servicios Públicos y Afines y de Pensiones a la Vejez, Jubilaciones y Pensiones Rurales, Personal de Servicio y Afines, un cargo de Secretario del Director, categoría I, grado 15, pesos 4.860.00 anuales y un cargo de Prosecretario del Directorio, categoría II, grado 13, $ 3.660.00 anuales.

BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - LEDO ARROYO TORRES
Ayuda