BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). PRESTAMOS




Promulgación: 23/01/1948
Publicación: 14/02/1948
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1948
  •    Página: 185

Artículo 1

   El Banco de la República destinará a las operaciones de crédito de habilitación industrial, la cantidad de 5 millones de pesos. El plazo máximo de los préstamos será de 5 años. El interés no excederá del 5 1/2% anual. El préstamo será pagadero en amortizaciones periódicas.

BATLLE BERRES - LEDO ARROYO TORRES
       


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