CAJA DE COMPENSACIONES POR DESOCUPACION EN LAS BARRACAS DE LANAS, CUEROS Y AFINES. PRESUPUESTO




Promulgación: 19/12/1947
Publicación: 05/01/1948
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1947
  •    Página: 1332

Artículo 1

   Fíjase en treinta y seis mil pesos (pesos 36.000.00) anuales, el 
presupuesto de sueldos y gastos de la Caja de Compensaciones por Desocupación en las Barracas de Lanas, Cueros y afines, para el ejercicio 1947.
   Dicho presupuesto se ajustará a las cantidades especificadas en la 
siguiente planilla:
      
         GASTOS CLASE A. - RETRIBUCION DE SERVICIOS

      Grupo 1.00. - Retribución de Servicios Personales


      1  Administrador                              $   4.020.00
      1  Contador                                   "   3.300.00
      1  Oficial 1º Secretario del Consejo          "   2.580.00
      1  Cajero                                     "   2.040.00
      1  Inspector                                  "   1.560.00
      1  Tenedor de Libros                          "   1.560.00
      3  Auxiliares a $ 1.440.00 cada uno           "   4.320.00
      4  Auxiliares a $ 1.080.00 cada uno           "   4.320.00
      1  Conserje                                   "   1.140.00

     14 cargos            Total de sueldos..........$  24.840.00

                      Grupo 1.06. - Honorarios

      Remuneración del Médico del Servicio          $   2.040.00

      Grupo 2.00. - Retribución de Servicios Varios

      2.02 - Locomoción y Viáticos                  $     240.00
      2.04 - Impresiones y Encuadernaciones         "     240.00
      2.05 - Publicidad y Propaganda                "     180.00
      2.07 - Limpieza y Aseo                        "     360.00
      2.08 - Arrendamientos                         "   1.800.00
      2.09 - Gastos Generales de Oficina            "     960.00

                GASTOS CLASE B. - ADQUISICION DE ESPECIES

      Grupo 3.00 - Utiles y materiales de consumo y Equipamiento

      3.04 - Utiles y materiales para oficina       $   1.440.00
      3.06 - Material informativo, educacional y 
             científico                             "     120.00
      3.10 - Efectos de higiene y limpieza          "     180.00
      3.12 - Combustibles                           "     120.00

              GASTOS CLASE C. - PASIVIDADES E INVERSIONES

      Grupo 6.00. - Pasividades del Estado

      6.04 - Obligaciones diversas del Estado - 
             (Aporte del 8% a la Caja de 
             Jubilaciones y Pensiones Civiles)      $   1.987.20 

                 GASTOS CLASE D. - GASTOS IMPREVISTOS

      Grupo 8.00. - Gastos Varios y Especiales

      8.01 - Gastos eventuales o extraordinarios. 
             (Gastos eventuales, contratación de 
             servicios, etc.)                       $   1.492.80

      Total de gastos...............................$  11.160.00

      Total de sueldos..............................$  24.840.00
      Total de gastos..............................."  11.160.00
                                                    $  36.000.00

Artículo 2

   Autorízase a la Caja para invertir a partir del 1º de enero de 1946 y hasta la promulgación de la presente ley, hasta el 6% de las recaudaciones con fines presupuestales.

Artículo 3

   Derógase el artículo 20 de la ley número 10.681 de 10 de diciembre de 1945.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - ALBERTO F. ZUBIRIA - LEDO ARROYO TORRES
Ayuda