AGRICULTURA. PRESTAMOS. SEMILLAS




Promulgación: 04/10/1947
Publicación: 28/10/1947
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1947
  •    Página: 1030

Artículo 10

   El precio de la "Feterita", cosechada en 1947-48, será fijado y reglamentado por el Poder Ejecutivo sobre la base mínima de diez pesos ($ 10.00) los cien kilogramos de grano sano, seco y limpio, puesto en Montevideo.
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