Las multas serán aplicadas por la Oficina Nacional del Servicio de Lucha contra la Langosta, y su cobro se hará efectivo dentro de los quince
días siguientes a la notificación. El infractor podrá apelar dentro de los
quince días de la notificación para ante el Poder Ejecutivo, pudiéndose entablar también el recurso directamente ante el Ministerio de Ganadería y
Agricultura, en el mismo término.
Dicho recurso no tendrá efecto suspensivo.
El Poder Ejecutivo resolverá en la apelación dentro de treinta días de
recibidos los antecedentes respectivos.
Si así no lo hiciere, se reputará confirmada la resolución recurrida. (*)