CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES. AUMENTO DE PASIVIDADES




Promulgación: 15/01/1947
Publicación: 24/01/1947
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1947
  •    Página: 53

Artículo 5

   Los jubilados, retirados o pensionistas que se encuentran en actividad y hayan percibido aumento en sus asignaciones por las leyes de 27 de julio de 1946, quedan excluidos de los beneficios de esta ley, así como los 
jubilados, retirados y pensionistas cuyas pasividades se hayan fijado o se fijen sobre las asignaciones aumentadas por las referidas leyes o por leyes similares posteriores.
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