COMERCIO. SEMILLAS. CONTRATOS. NULIDAD




Promulgación: 15/01/1947
Publicación: 25/02/1947
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1947
  •    Página: 52

Artículo 2

   En los casos en que la nulidad de dichos contratos de lugar a juicio, la parte del agricultor queda exonerada del pago de sellados, timbres y todo gasto judicial.
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