COMISION ADMINISTRADORA DE LOS SERVICIOS DE ESTIBA. APUNTADORES




Promulgación: 22/10/1946
Publicación: 29/10/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 1277
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   La distribución del trabajo de los Apuntadores del Puerto de Montevideo, se efectuará por la Comisión Administradora de los Servicios de Estiba, dependiente del Ministerio de Industrias y Trabajo por riguroso turno (hechas las salvedades del artículo 2º) entre el personal del Registro de fecha 12 de febrero de 1942, que actualmente desempeña dichas funciones.

AMEZAGA - HECTOR ALVAREZ CINA
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