COMISION ADMINISTRADORA DE LOS SERVICIOS DE ESTIBA. REGISTRO DE TRABAJADORES




Promulgación: 27/06/1946
Publicación: 02/07/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 678
Reglamentada por: Decreto S/N de 28/02/1951.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   La Comisión Administradora de los Servicios de Estiba confeccionará, oyendo a las partes, el registro de los obreros jornaleros ocupados en las tareas mencionadas, que actuaban en el período comprendido entre el 1º de enero y 30 de junio de 1944. Las empresas tendrán derecho a elegir entre los obreros incluidos en el Registro, el patrón de cada embarcación en operaciones.
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