BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). AUTORIZACION. PRESTAMOS




Promulgación: 22/04/1946
Publicación: 09/05/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 497

Artículo 4

   Cuando el productor no poseyera ganado ovino, el Banco de la República
podrá concederle un crédito suplementario hasta de $ 20.00 por hectárea
para la adquisición de ovejas grávidas o borregos de diente de leche para
pastoreo en los sembrados, siempre que la naturaleza de éstos, y las
condiciones del establecimiento permitan esta explotación.
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